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FechaTítuloResumen
31-ene-2019DMI (causa Nº 100441)Un adolescente sufría una cardiopatía congénita, afección que le generó hipoacusia Neurosensorial Bilateral. Entonces, fue tratado por diversos médicos de la Fundación Favaloro. El 23 de octubre de 2018, la madre del joven (IMD), se reunió con la auditora doctora y una de las asesoras letradas de la obra social a la que se encontraban afiliados ambos. En esa oportunidad, las representantes de la entidad le informaron que se había dejado sin efecto el convenio con la Fundación Favaloro y, en consecuencia, no le podían cubrir el tratamiento de su hijo en esa Institución. Contra esa decisión, IMD presentó dos recursos de reconsideración que no tuvieron respuesta. Finalmente, inició una acción de amparo contra la obra social y solicitó, como medida cautelar, que se ordenara a la obra social que cumpliera con la cobertura del 100% de distintas prestaciones en la institución en la que su hijo se había atendido hasta ese momento. El juzgado federal Nº 2 de Córdoba hizo lugar a la medida. Contra esa resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación.
11-may-2018LML (causa Nº 157-2017)En agosto de 2015, en la ciudad de Córdoba, la Sra. LML fue intervenida quirúrgicamente por presentar cáncer en su mama derecha. Al finalizar el tratamiento de quimioterapia y rayos fue derivada al Dr. Scozzari, especialista en cirugía mamaria y mastectomía, quien le indicó la realización de la reconstrucción mamaria derecha y, tras analizar sus antecedentes familiares recomendó la mastectomía profiláctica de la mama izquierda. Con esta indicación, la Sra. LML se presentó en su obra social y solicitó la cobertura de tales prestaciones en cabeza de su médico tratante (Dr. Scozzari) y en la clínica del Sol donde había sido atendida por el mencionado profesional. Ante este requerimiento, la prestadora informó que la cirugía reconstructiva de mama derecha podía cubrirla pero con otros prestadores contratados (en otra clínica y con otros médicos), y que la práctica en relación con la mama izquierda no tendría cobertura ya que constituía una cirugía estética por estar sana. Finalmente, la actora con el patrocinio letrado de la Sra. Defensora Oficial, interpuso una demanda de amparo contra OMINT SA, ASE Nacional y Estado Nacional, con el objeto de obtener la cobertura en un 100% del procedimiento de mastectomía profiláctica de la mama izquierda y la reconstrucción de la mama derecha, a realizarse con el Dr. Eduardo Scozzari en la Clínica del Sol de la ciudad de Córdoba, con más los estudios pre y post quirúrgicos necesarios.